"Facultades de cada área del sujeto obligado" #,"Denominación del Área (catálogo)","Denominación de la norma que establece las facultades del Área ","Fundamento Legal (artículo y/o fracción)","Fundamento de cada Área, estatuto orgánico o normatividad equivalente en el que se observen las facultades del área","Fecha de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de alguna modificación","Fecha de Validación","Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información",Nota,"Fecha de Emisión",Adscripción,Año 1,"Juzgado Quinto Familiar del Distrito Judicial de Puebla ","Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla","Articulo 48","Articulo 48:""Compete a los jueces de lo familiar: I. Conocer en primera instancia de los asuntos familiares, como la suplencia del consentimiento y la calificación de los impedimentos para contraer matrimonio; la ilicitud o la nulidad del matrimonio; las diferencias entre consortes; la autorización para separarse del domicilio conyugal; los que se refieran al régimen de bienes en el matrimonio; el divorcio; el parentesco; los alimentos; la paternidad; la filiación; la patria potestad; el estado de interdicción; la tutela; las cuestiones de ausencia y de presunción de muerte; y todas las relacionadas con el patrimonio de familia; II. Substanciar los procedimientos de jurisdicción voluntaria en materia familiar; III. Conocer de los juicios sucesorios; IV. Resolver los asuntos derivados de acciones relativas al estado civil, a la capacidad de las personas, a los menores e incapacitados, y V. Conocer todas las cuestiones en materia familiar que reclamen la intervención judicial. """,2017-12-31,2018-01-30,"Dirección de Recursos Humanos","

Licenciado Ernesto Gabriel Genis Diez

Director de Recursos Humanos del

Poder Judicial del Estado

Responsable de Publicar la Información.

","2017-07-12 12:58:26","Recursos Humanos",2017